VIVÍ PUNTA. Hasta el 31 de Enero 6% de bonificación. MALDONADO CONTIGO ESTÁ MEJOR

 

logo-municipio-maldonado224/1/11. La Intendencia departamental de Maldonado informó que ha extendido el horario para el cobro de tributos al tiempo que recordó que rige el beneficio para todos aquellos vecinos que paguen la contribución inmobiliaria entre el 1ero y el 31 de Enero de este año gozarán de un descuento del 6%. El horario de cobro en oficina central de los impuestos de Patente de Rodados y Contribución Inmobiliaria con las tasas que se cobran conjuntamente con ella fue extendido hasta las 18 hs, a partir de las 9.15 de lunes a viernes, durante todo este mes. Un dato a tener en cuenta: los sábados 22 y 29 del corriente también se podrá abonar en el mismo horario.

 

 

 

AJUSTE EN CONTRIBUCIÓN POR MÁS Y MEJORES SERVICIOS

 

 

Asimismo, el Intendente Óscar de los Santos hizo saber que ha resuelto ajustar en un  6.87 %  los valores del impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana, Impuesto General Municipal, Tasa de Conservación de Pavimento, Tasa Forestal e Impuesto de Alumbrado Público a partir del 1º de Enero de 2011 para mantener los niveles de calidad en servicios que hacen a un rasgo distintivo del departamento de Maldonado.

 

 

            Los valores mínimos de los tributos son los que siguen:

 

 

 

            Impuesto General Municipal: $ 1.009

 

 

 

            Tasa de Conservación de pavimento:

 

            1) Por cada metro cuadrado de los predios frentistas a vías de tránsito con pavimento de hormigón o balasto, con o sin riego bituminoso $ 0. 57 pesos

 

           

 

2) Importe mínimo a tributar anualmente……………….   $ 484.00.

 

 

 

 

 

HASTA EL 31 6% DE BONIFICACIÓN

 

 

 

Entre el 1ero y el 31 de Enero de 2011 quienes paguen podrán tener una bonificación del 6% en Contribución Inmobiliaria de la propiedad urbana del departamento, mientras que, quienes paguen entre el 1º y el 28 de Febrero no tendrán bonificaciones ni recargos.

 

 

MÁS BENEFICIOS

 

La continuidad del pago total en Febrero durante dos años consecutivos, generará una bonificación adicional, únicamente por el ejercicio 2011  del 2%  desde el segundo ejercicio por la continuidad del pago total.

 

 

 

Por cada ejercicio posterior en el que se verifique el pago de dichos tributos antes del 28 de Febrero habrá un 1% adicional hasta un máximo de 9%, sólo por el ejercicio 2011.

 

 

 

Un dato no menor es que la interrupción del pago en el mes de Enero o Febrero, aún por única vez, hará perder la bonificación acumulada, la que volverá a generarse a razón de 1% anual desde el segundo ejercicio en que se verifique de manera consecutiva.

 

 

 

Los titulares de inmuebles para los cuales el monto resultante del impuesto y demás tributos sea inferior a $ 6.673 podrán optar por abonar la obligación en cuatro cuotas ajustadas por IPC con los siguientes vencimientos:

 

.- hasta 28 de Febrero; 31 de Mayo; 31 de Agosto y 30 de Noviembre de 2011.

 

 

 

Vencidos los plazos se aplicarán las multas y recargos previstos en el artículo 2 del Decreto Departamental Nº 3807/05.

 

 

 

PATENTE DE RODADOS

 

 

 

El intendente de Maldonado dispuso que el valor por concepto del tributo de Patente de Rodados ejercicio 2011, para los grupos A, B y D de la tabla de aforos, sea igual al  fijado para el 2010 menos una vez y media el IPC (10,3%).

 

 

 

En el ejercicio 2011, en los casos de valores calculados con topes, los montos fijados para el ejercicio 2010  ajustarán  entre un mínimo de 10.3% y un máximo de + 6.87% conforme a los criterios avalados por el Congreso Nacional de Intendentes.

 

 

 

El importe del tributo no podrá superar el impuesto resultante del ejercicio 2010 mas una vez el IPC y en ningún caso ser inferior al valor del tributo fijado para el ejercicio 2010 menos una vez y media el IPC.

 

 

 

 

 

El impuesto para los vehículos 0 kilómetro empadronados en 2011 será del 4.5% y del 2.5% del valor de venta de los autos de los grupos “A” y “B” sin IVA  establecido en su momento tomándose un valor dólar de conversión de $ 19.96, exceptuándose aquellos casos en los que el ajuste supere los máximos establecidos por el artículo 3 del Decreto Nº 3807. El importe del tributo en ningún caso podrá ser inferior al valor fijado para el ejercicio 2010 menos una vez y media el IPC.

 

 

 

FORMAS DE PAGO Y BONIFICACIONES

 

 

El pago anual contado tendrá una bonificación del 20% hasta el 31 de Enero de 2011. Si se abona contado al 28 de Febrero de 2011 la bonificación será del 10%.

 

 

 

Para el pago en dos cuotas iguales sin bonificaciones ni recargos se definió que la primera debe pagarse hasta el 28 de Febrero y la segunda hasta el 30 de Junio de 2011.

 

 

 

Los titulares de vehículos cuyo valor del impuesto sea inferior a $ 6. 272 pesos podrán optar por cuatro cuotas con vencimientos 28 de Febrero, 30 de Abril, 31 de Julio y 31 de Octubre de 2011.

 

 

 

El pago de motos, motonetas, triciclos, cuadriciclos, ciclomotores y similares comprendidos en las categorías C5 a C20 a que hace referencia el Decreto Nº 3752 se podrán abonar con un 20% de descuento hasta el 31 de Marzo de 2011.

 

 

 

Si se paga en cuotas los vencimientos serán el 31 de Marzo y el 30 de Junio de 2011.

 

 

 

Con respecto a motos, ciclomotores, triciclos y cuadriciclos de las categorías C y el grupo E de la tabla de aforos elaborada por la Comisión Intermunicipal de Aforos del Congreso Nacional de Intendentes el valor del tributo 2011 será igual al valor 2010 mas una vez el IPC (6.87%).

 

 

 

Vencidos los plazos establecidos en los numerales 5, 6 y 7 se aplicarán las multas y recargos previstos por el artículo 2 del Decreto 3712.

 

 

 

PAGO DE PATENTE DE VEHÍCULOS DE ALQUILER

 

 

Los titulares de vehículos afectados al servicio de alquiler de automóviles sin chofer y empresas transportistas de personas, encomiendas etc, podrán hacer el pago de la patente de rodados en cuatro cuotas iguales a valores del mes de enero con vencimientos 31 de Enero, 28 de Febrero, 31 de Marzo y 30 de Abril de 2011.

 

 

 

El incumplimiento de una sola de las cuotas excluirá al beneficiario de este régimen y el saldo adeudado será exigible por el total, más las multas y recargos vigentes.

 

 

 

El interesado deberá presentarse  antes del 31 de Enero de cada año acreditando titular de la empresa o apoderado debidamente autorizado.

 

 

 

Podrán acceder a este régimen aquellas empresas  de alquiler de automóviles sin chofer y transportistas que tengan empadronados en el departamento más de 10 vehículos y las de transporte colectivo de pasajeros con líneas autorizadas en el mismo, cualquiera sea el número de vehículos empadronados.

 

 

 

Los eventuales beneficiarios deberán adjuntar una propuesta donde conste la contrapartida que ofrecerán a la Intendencia de Maldonado con un valor igual al 50% del beneficio otorgado por el cobro a valores de Enero.

 

 

 

TASA BROMATOLÓGICA

 

 

 

El valor de la tasa que gravará los controles, exámenes o inspecciones que se realicen en el marco del Decreto Departamental Nº 3854 será de $ 2.468,oo  los que se abonarán con el derecho de expedición vigente y el 2% de tributos municipales.

 

 

 

Los contribuyentes que cuenten con certificación de radicación y depósito con habilitación Higiénica en el departamento, tengan mano de obra contratada en el departamento y usen transporte matriculado en el departamento podrán optar por:

 

 

 

Pago mensual de $ 2.274 por hasta diez controles ó exámenes; pago mensual de $ 17.055 por entre once y veinte controles, exámenes y/o inspecciones por mes y abonar mensualmente $ 34.110 por entre veintiún y treinta controles ó exámenes.

 

 

 

Estos valores tienen vigencia desde el pasado 1ero de Enero de 2011.