Atenti! Denuncian a empresas por INCUMPLIMIENTOS EN PLAZOS DE ENTREGA DE VENTAS ON LINE

13/5/2020. HABRÍAN FALTADO A LAS FECHAS PACTADAS. Las empresas Musimundo y Falabella; y los supermercados Disco, Vea, Jumbo y Coto fueron imputados por presuntas infracciones a la Ley Defensa del Consumidor, por incumplir con la entrega de sus ventas on line y brindar información engañosa durante la emergencia sanitaria y social por el coronavirus.

Según las denuncias que recibió la Subsecretaria de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores (Ssadc), estas empresas no cumplieron con las fechas pactadas para la entrega de los productos y operaron sin previo aviso o información al consumidor.

En el caso de repactar el envío, se denunció que volvieron a incumplir, o terminaron pidiendo al comprador que retirase los productos en la sucursal.

También incurrieron en supuesta información engañosa al advertir a los consumidores, a través de avisos en sus webs, que debido a las restricciones de circulación podían sufrir demoras en las entregas, precisó el Ministerio de Desarrollo Productivo en un comunicado.

Sin embargo, aclaró la cartera, las empresas poseen autorización para circular y realizar las entregas a domicilio, y son las que establecen los plazos y formas de distribución, ya que el consumidor solo se limita a elegir entre las opciones informadas.

Según la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240 ), informar un plazo de entrega cierto es una obligación para todos los proveedores, incluso durante la cuarentena, y las leyendas o cláusulas que adviertan sobre posibles incumplimientos son abusivas y no están permitidas.

Las denuncias fueron ingresadas a través de la Ventanilla Única de Reclamos de Defensa de Consumidor (https://www.argentina.gob.ar/iniciar-un-reclamo-ante-defensa-de-las-y-los-consumidores) y el Coprec (https://www.argentina.gob.ar/reclamar-un-proveedor-en-el-servicio-de-conciliacion-previa-en-las-relaciones-de-consumo-coprec) donde los usuarios refieren a la falta de obtención de respuestas por parte de las firmas.

En el marco de la emergencia sanitaria y el aislamiento social preventivo y obligatorio, estas conductas colocan a las y los consumidores en situaciones de mayor vulnerabilidad y los deja a merced de plazos de entrega indefinidos.

Además, inducen a error a los consumidores acerca de cuáles son sus derechos y, por ende, pretenden desalentar los reclamos para que ellos puedan ejercerlo.

Tras la imputación las empresas pueden realizar su descargo; y la Ssadc determinará las sanciones que correspondan, concluyó el comunicado.