Vuelta de un clásico. Los menores de edad podrán tener cajas de ahorro

 

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bcra25/11/2016. Los memoriosos recordarán que en San Isidro hace tiempo ya, tuvo lugar en el marco de la Semana del Ahorro Infantil un ciclo promovido por el HCD y el concejal Jorge Alvarez  para promover la importancia de recrear la cultura del ahorro en niños y jóvenes en todas sus formas. chanchin-300x225En ese espacio realizado  sobre la experiencia de la Libreta, evocando como años atrás se entregaba a los niños en su primer día de clase una libretita de color celeste extendida por la Caja de Ahorro Postal. La explicación viene a cuento porque en el día de ayer el directorio del Banco Central (BCRA) autorizó la creación de cajas de ahorro para menores de edad con el objeto de facilitar sus operaciones económicas cotidianas, estimular la educación financiera de los jóvenes y fomentar la bancarización a través del uso de los medios electrónicos de pago.

 

“En estas nuevas cajas de ahorro, el menor podrá tener una tarjeta de débito a su nombre y estar autorizado para extraer efectivo de cajeros automáticos, comprar en comercios y hacer transferencias o pagos a través de cualquier medio electrónico (homebanking, cajeros automáticos, app para celulares, etc.)“, dijo el BCRA en un comunicado difundido este jueves por la tarde.

El titular de esta caja de ahorro será el padre, la madre o representante legal del menor, quien podrá decidir un límite diario máximo de débitos, por cualquiera de las vías antes mencionadas, en una o más transacciones.

Con la caja de ahorro para menores y con su tarjeta de débito vinculada se podrán hacer las mismas operaciones que se realizan con las cajas de ahorro y las tarjetas de débito convencionales.

Al igual que éstas, serán gratuitas, según lo dispuesto por el BCRA en Abril de este año.

Una vez que el menor autorizado en la cuenta cumpla 18 años, la caja de ahorro para menores podrá convertirse en una caja de ahorros convencional cuyo titular podrá ser el menor, su representante legal o ambos a la vez.

Asimismo, también se dispuso que esta autorización al menor pueda ser otorgada por el padre, la madre o su representante legal para operar con Cuentas de ahorro en Unidades de Valor Adquisitivo actualizables por CER (UVA) y Cuentas de ahorro en Unidades de Vivienda actualizables por ICC (UVI), de modo tal de poner a disposición de los menores un instrumento de ahorro de largo plazo, dijo el comunicado.