Día del Animal. Festejemos con nuestros mejores amigos y marchemos al Congreso para evitar animaladas humanas

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FB_IMG_143027739149329/4/2015.  El propósito central de esta fecha es recordar la importancia de las otras especies animales con quienes compartimos el planeta. Pero en esta jornada proteccionistas y abogados dan su llamado de alerta y dicen que “no hay nada para festejar” debido al abandono y crueldad que se producen contra distintas especies. Las carreras de galgos y el maltrato que reciben los caballos que son sometidos a la tracción a sangre están en la mira. Por eso hoy también se cumplirá una marcha al Congreso, para defender sus derechos y muy especialmente por los galgos y caballos, enterate!

 

Todos los años el 29 de Abril se festeja, en Argentina, el “Día del Animal”. Sin embargo, pocos saben por qué es este día el elegido para celebrarlo

 

El Día del Animal se instituyó en 1908 por inspiración de Clemente Onelli, entonces director del Jardín Zoológico, y de Albarracín, presidente de la Asociación Protectora de Animales.

Ese año se hizo el acto oficial en el Jardín Zoológico, el 2 de Abril. El 29 de abril de 1926 fallece el doctor Ignacio Lucas Albarracín, que promocionó la sanción de la Ley Nº 2786, de Protección de Animales (promulgada el 25 de Junio de 1891), que establece la obligatoriedad de brindar protección a los animales, de manera de impedir su maltrato y su caza.

19817_711376245633748_1053618862385481229_nHoy en el Día del Animal es buena reflexionar sobre las situaciones de maltrato que algunas especies reciben a diario. En efecto proteccionistas y abogados comprometidos con la causa denuncian que no hay nada para festejar: en los tribunales de Capital Federal y Conurbano bonaerense se radican, en promedio, unas 40 denuncias mensuales por maltrato, abandono y crueldad contra distintas especies.

Otro tema que preocupa son las carreras de galgos y se espera que esta tarde no poca gente se concentre –a pesar de la lluvia- frente al Congreso para pedir que se prohíban estas crueles competencias.

Desde la ONG Defendamos Buenos Aires alertaron que en los últimos 12 meses se han radicado más de 480 causas judiciales sobre maltrato animal, abandono y crueldad en ambas jurisdicciones.

La ley nacional 14.346 establece sanciones penales de hasta un año de prisión y considera un delito de acción pública, es decir, que cualquiera puede denunciar un caso de maltrato animal. “Sin embargo no siempre las comisarías están atentas a recibir el reclamo ciudadano”, alegó el abogado Javier Miglino, titular de la asociación.

En este sentido, el letrado precisó que igualmente muchas denuncias llegan a los juzgados. “Los tribunales nacionales correccionales con asiento en la Ciudad de Buenos Aires registran unas 20 denuncias al mes, es decir prácticamente el 50 por ciento de todos los reclamos. El resto se descompone de la siguiente manera y aproximadamente cada 30 días: San Isidro, 5 casos, Quilmes, 4 casos, Lomas de Zamora 3 casos, Mar del Plata: 3 casos, entre otros distritos”, enumeró.

Las agresiones físicas surgen producto de distintos abusos por parte de las personas. “En el Conurbano bonaerense, principalmente en Quilmes, Lomas de Zamora, Adrogué y Berazategui y en ciudades como Mar del Plata; los cartoneros y el abuso que hacen de los caballos es el mayor problema. La mitad de las causas que se radican tienen como objetivo liberar a los animales y sancionar a los maltratadores y hay casos como el de Claudia y María, en Mar del Plata, que son verdaderas cazadoras de cartoneros abusadores y que siguiéndolos con su auto han conseguido identificar los lugares donde los llevan para luego denunciarlos. De ese modo, se han rescatado tres animales que hoy se solazan en alguno de los clubes equinos de la ciudad balnearia”, dijo Miglino.

Por otra parte, alertó que “los perros además de ser los animales más robados sufren crueldad a manos de dueños desaprensivos y en presuntos actos de brujería” al tiempo que añadió que “en Palermo, Belgrano, Retiro, San Isidro, Vicente López, Olivos, Quilmes y Recoleta y Las Cañitas, se han dado casos de dueños que ‘olvidan’ a sus mascotas cuando salen de vacaciones”.

TODOS POR LOS GALGOS

Los integrantes de “Proyecto Galgo Argentino” realizarán hoy una marcha al Congreso nacional para pedir por una ley que proteja a estos animales y prohíba las carreras de perros. Es que este colectivo cuestiona a los maltratadores que hacen sufrir a estos “pichichos” con extenuantes carreras. “Hemos logrado que muchos sepan sobre la masacre cotidiana donde la vida de los galgos no tiene valor alguno, donde sufrir es sinónimo de esta raza. Y por eso, decimos ‘Basta! No son herramientas, no son máquinas! Amamos a los animales, y prevalecemos sus derechos por encima de los derechos de aquel humano que es capaz de torturarlo“, enfatizaron.

 

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La cultura nuestra desde chicos fue la carrera de perros” argumentó en estos días el boxeador cordobés Fabio “La Mole” Moli, criticado por hacer competir a sus galgos.

A continuación, reproducimos la Declaración Universal de los Derechos de los Animales. Ellos, los animales, las mascotas, hacen de nuestras vidas que todo sea más cariñoso, tierno y divertido.

Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:

 

Artículo No. 1

Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

 

Artículo No. 2

  1. a) Todo animal tiene derecho al respeto.
  2. b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
  3. c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

 

Artículo No. 3

  1. a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
  2. b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

 

Artículo No. 4

  1. a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
  2. b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.

 

Artículo No. 5

  1. a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
  2. b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.

 

Artículo No. 6

  1. a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
  2. b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

 

Artículo No. 7

Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.

 

Artículo No. 8

  1. a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.
  2. b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.

 

Artículo No. 9

Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.

 

Artículo No. 10

  1. a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
  2. b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.

 

Artículo No. 11

Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.

 

Artículo No. 12

  1. a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
  2. b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.

 

Artículo No. 13

  1. a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
  2. b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.

 

Artículo No. 14

  1. a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.
  2. b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.

 

Esta declaración fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

 

Fuente: La razón/CONtintaNORTE