VIVÍ PUNTA. Intendencia de Maldonado enajena predios para construir el Centro de Congresos y Convenciones

 

 

1/8/11. El Intendente de Maldonado, Óscar de los Santos resolvió enajenar a título oneroso los inmuebles de dominio privado de Punta del Este padrones números 2.059 y 7.184 y asimismo  desafectar del dominio público de la Intendencia y enajenar a título oneroso bienes inmuebles con el objetivo de levantar el Centro de Congresos, Convenciones y Predio Ferial de Punta del Este.

 

La  autorización es exclusivamente con el fin de generar los recursos económicos necesarios para afrontar la cuota parte correspondiente a la Intendencia Departamental de Maldonado, para la construcción del Centro de Congresos, Convenciones y Predio Ferial en la ciudad de Punta del Este, en el marco del fideicomiso a suscribirse, hasta un tope máximo de U$S 15:000.000 de dólares americanos. Los valores de tasación que figuran en la planilla del numeral anterior serán precios mínimos por los cuales se podrá enajenar.

 

En caso de no utilizarse los U$S 15.000.000 de dólares americanos, para el fin indicado o de existir un remanente de dinero producto de las enajenaciones a realizarse, dichos montos sólo podrán ser destinados a otros fines previa autorización de la Junta Departamental, por la misma cantidad de votos afirmativos pronunciados en la desafectación y enajenación de inmuebles referidos en la presente resolución.

 

La resolución incluye una cláusula que establece que el Ejecutivo remitirá a la Comisión Permanente de Seguimiento de los Fideicomisos y Proyecto, Ejecución y Gestión del Centro de Congresos, creada en el ámbito de la Junta Departamental e integrada por siete miembros de la misma (cuatro de la mayoría y tres de las minorías), informes cuatrimestrales de ambos fideicomisos. Dicha comisión podrá solicitar ampliación de los informes y la documentación que entienda necesaria, que deberán ser remitidos dentro de un plazo máximo de  quince días hábiles desde su solicitud.

 

Asimismo, se decidió remitir a la Junta Departamental los dos contratos de fideicomisos  a celebrarse, previo a su firma, en referencia al Centro Congresos, Convenciones y Predio Ferial en la ciudad de Punta del Este; y  el estudio complementario de factibilidad de construcción realizado por la Corporación Nacional para el Desarrollo para dicho centro de congresos, debiendo el mismo ser tenido en cuenta a los efectos de la elaboración y ejecución del Proyecto.

 

Por otra parte se decidió incluir en la redacción de contrato de fideicomiso con República AFISA, la obligatoriedad de que ésta remita a la Junta Departamental las tasaciones de los inmuebles realizadas por sus equipos técnicos y reparcelar los inmuebles citados.

 

A la dirección general de Planeamiento Urbano y Ordenamiento Territorial en coordinación con la Dirección General de Asuntos Legales, se le encomienda elaborar un inventario de todas las propiedades de inmuebles de la intendencia existentes en el departamento de Maldonado, en un plazo de 180 días por el Art. 22 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

 

La Junta Departamental concedió la anuencia solicitada en sesión celebrada el día  9 de Marzo de 2011 remitiendo asimismo las actuaciones al Tribunal de Cuentas de la República Oriental del Uruguay que  en sesión de fecha 6 de Abril de 2011 acordó “observar el proyectado Fideicomiso Financiero Inmobiliario de Maldonado, a celebrar con República AFISA…”.

 

La Junta Departamental en sesión extraordinaria llevada a cabo el día 13 de Julio pasado  no aceptó las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas de la República, redactando en el considerando IV de su resolución que las observaciones “no se ajustan al derecho vigente, contraviniendo directamente a lo dispuesto en el Artículo Nº 506 de la ley 18.362, siendo ésta última modificación efectuada al Artículo 33 del TOCAF. Por lo cual el negocio jurídico entre la Intendencia Departamental de Maldonado y República AFISA, está habilitado a texto expreso en la mencionada norma”.